¿SON POSIBLES LOS PLENOS EN EL PUERTO? – Juan Guillén (Concejal de IP)

Lo primero que hay que reseñar es que ya se celebraban plenos en Puerto de Sagunto, sin problema de ningún tipo, pero una sentencia judicial, a instancia particular, los prohibió. Una sentencia que decía que un artículo de un Real Decreto Legislativo lo impide, al establecer el citado artículo, que los plenos deben celebrarse  en la “casa consistorial” (sic)

Pero no debemos olvidar que la cúspide de nuestro ordenamiento jurídico es la Constitución, que tiene rango de Ley Suprema y como tal se impone sobre todas las demás leyes y normas jurídicas.

Respaldo constitucional

Sobre la autonomía local encontramos en la Constitución lo siguiente:

» El derecho de la comunidad local a participar a través de órganos propios en el gobierno y administración de cuantos asuntos le atañen.”.

Sobre la participación ciudadana dice nuestra Carta Magna:

Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.”

Y sobre los poderes públicos podemos leer en nuestra Ley Fundamental:

Corresponde a los poderes públicos PROMOVER las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; REMOVER los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Moción de Iniciativa Porteña

Amparándonos en tales preceptos, Iniciativa Porteña presentó una moción en el pleno del ayuntamiento de Sagunto, que fue aprobada por unanimidad de todos los grupos políticos, solicitando al Congreso de los Diputados el cambio del único artículo del Real Decreto que impide la celebración de plenos en El Puerto, y cuya redacción quedaría así:

Las sesiones del pleno municipal se celebrarán allí donde decida el pleno del ayuntamiento, sin perjuicio de la constitución de distintas sedes donde celebrar dichos plenos, ya sea de forma continuada, alterna o periódica en cualesquiera de ellas.

Y volviendo a la pregunta inicial ¿Son posibles los plenos en El Puerto? La respuesta obviamente es afirmativa.

Tan solo se necesita un sencillo cambio en un simple Decreto Legislativo. Pero este trabajo corresaponde ya a los partidos con representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados. Y a ellos me dirijo desde estas líneas:  PP, PSOE, IU, Podemos,  Ciudadanos, Compromís.  Todo ellos votaron unánimente en el pleno del yutamiento a favor del cambio y a ellos corresponde trasladar este acuerdo plenario.

Esta petición en forma de carta abierta a todos los Partidos Políticos ya la trasladamos de forma particular a todos y cada uno nuestros representantes en el Congreso de los Diputados sin distinción de color político. Y nos consta que dicha solicitud ha sido recepcionada por algunas de sus Señorías, siendo también cierto que algunos de esos partidos han acogido de forma positiva nuestra petición.

Quiero nombrar expresamente a EU y a Ciudadanos, que nos han trasladado que van a estudiar este legítimo (y constitucional) objetivo de todos los porteños.

Desde luego desde IP no vamos a desfallecer por la defensa de los intereses de los porteños, allá donde haga falta defenderlos.

Juan Guillén (Concejal de IP)
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