LA NECESARIA REVISIÓN CATASTRAL – Juan Guillén (Concejal de Iniciativa Porteña)

Sobre el IBI y el tipo de gravamen

 

El recibo del IBI  es el resultado de aplicar dos variables: el valor catastral y el tipo de gravamen. El valor catastral lo fija HACIENDA pero el TIPO DE GRAVAMEN lo fija el ayuntamiento.  Tan importante como el valor catastral para el cálculo del IBI,  es el TIPO DE GRAVAMEN …Un valor catastral alto y un tipo de gravamen bajo nos dará como resultado un recibo de IBI bajo, y al contrario…

 

Limitación legal para  seguir bajando el tipo de gravamen

 

Una vez perpetrado el catastrazo en el año 2012 con una subida de más  del 100 % sobre los valores de los bienes inmuebles  se decretó que esta subida se prorratearía a razón de un 10 % anual durante 10 años. Año tras año se ha ido rebajando el tipo de gravamen desde el ayuntamiento para que al final, el recibo del IBI no suba de forma exponencial. Pero claro, esta medida tiene un efecto limitado ya que la bajada del tipo de gravamen tiene un límite legal en el 0,4% que estamos a punto de alcanzar, por lo que a partir de nada la subida del recibo del IBI será imparable, ya que no se podrá actuar sobre el tipo de gravamen.

 

El valor catastral también afecta a otros impuestos distintos del IBI

 

 Por otro lado no podemos obviar que la subida catastral afecta a otros impuestos y no solo al IBI. Por ejemplo el impuesto de transmisiones patrimoniales (cuando compramos una vivienda); y lo mismo se puede decir del IRPF en su apartado de rendimiento de capital inmobiliario que también sube si el valor catastral es mayor . Y en esos impuestos no tiene nada que ver que el tipo de gravamen que fija el ayuntamiento sea mayor o menor.  Suben  sí o sí.

Los valores catastrales son mayores en El Puerto que en Sagunto

 

Además de una lectura detallada de  la última  revisión catastral de 2012 (páginas 2-11 a 2-13 del tomo I), se observa la discriminación en los valores aplicados según los inmuebles estén ubicados en Sagunto o en El Puerto, lo que conlleva  que el recibo del IBI sea de media  un 20 % más caro en El Puerto que en Sagunto.

La  necesaria revisión catastral

 

Por tanto desde Iniciativa Porteña reiteramos que la única forma de atajar de raíz estas subidas irremediables, tanto del IBI a partir de nada, como de los otros impuestos afectados, y solucionar  la discriminación de los inmuebles situados en El Puerto,  es la revisión catastral que corrija la subida desmesurada que se aplicó en el 2012 y que supuso un aumento de más del 100 % en el valor catastral de los inmuebles. En esta revisión catastral que solicitamos, y que puede solicitarse desde el ayuntamiento una vez transcurridos 5 años desde la última revisión,  se debe corregir los efectos perniciosos que supuso el denominado catastrazo de 2012.

Juan Guillén (Concejal de Iniciativa Porteña)
Juan Guillén (Concejal de Iniciativa Porteña)
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