Reacciones ante las declaraciones del señor Moreno sobre la sentencia del TSJ condenatoria al Ayuntamiento de Sagunto a ingresar 64.000 euros en la tesorería de la Seguridad Social

   Llama poderosamente la atención que el señor Moreno saque pecho diciendo que la sentencia obliga al ayuntamiento de Sagunto al ingreso  de 64.000 euros, más las costas judiciales, y además con seguridad tendrá que abonar los intereses de demora que practicará la Tesorería de la Seguridad Social.

   Habrá que recordarle al Sr Moreno que la sentencia del TSJ  a la que se refiere es la sentencia desestimatoria del recurso que el propio ayuntamiento interpuso en fecha 8 de julio de 2015, es decir cuando ya estaba conformado el actual equipo de gobierno.

   Y en ese recurso que el ayuntamiento interpuso, se solicitaba dejar sin efecto una sentencia del Juzgado de lo Social que consagraba los derechos de los trabajadores de la Universidad Popular contratados irregularmente por el ayuntamiento.

  Curiosa forma de defender los intereses de los trabajadores cuando se recurre una sentencia que ampara precisamente esos derechos de los trabajadores. Menos mal que el TSJ no ha dado la razón a este equipo de gobierno.

  Y es  que de haber prosperado el recurso del Ayuntamiento, los trabajadores se hubieran visto privados de sus cotizaciones a la Seguridad Social durante dos años.

Moción de IP solicitando la contratación de los trabajadores.

 

  En cuanto a la contratación de los trabajadores, habrá que recordarle al señor Moreno, que fue a partir de una moción de IP, presentada en el pleno con fecha 28 de julio de 2015, cuando empezó a contratarse regularmente a los trabajadores de la Universidad Popular, a pesar de que el equipo de gobierno presentó un recurso en sentido  contrario.

La moción de Iniciativa Porteña, aprobada por unanimidad en dicho pleno,  decía lo siguiente:

“ Por todo lo expuesto solicitamos al pleno del ayuntamiento el pronunciamiento favorable para que las personas contratadas para impartir clases en la Universidad Popular lo sean en régimen de trabajadores por cuenta ajena, es decir contratados directamente por el ayuntamiento según el convenio aplicable, los requisitos exigidos y el trabajo desarrollado”

  Habida cuenta de que la sentencia que NO da la razón al ayuntamiento, posibilita al ayuntamiento seguir pleiteando con un Recurso de unificación de doctrina, solicitamos desde IP que el ayuntamiento desestime esta posibilidad y se acabe de una vez con la incertidumbre sobre la naturaleza laboral de estos trabajadores.

Juan Guillén (Concejal de Iniciativa Porteña)
Juan Guillén (Concejal de Iniciativa Porteña)
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