Moción de SP: "Comisión de investigación sobre la tramitación del Expediente de la Plaza Ángel Perales"

El solar sobre el que se asienta la Plaza Ángel Perales ha estado envuelto en un procedimiento jurídico administrativo, desde que el 22 de mayo del año 1995, siendo Alcalde Manuel Girona y gobernando el PSOE, el ayuntamiento decidió inaugurar la plaza, cuando existían dudas razonables sobre la titularidad de la misma.

Desde entonces, tras la moción de censura planteada contra Manuel Girona que fue relevado en la Alcaldía por Silvestre Borrás (PP), han pasado diferentes Equipos de Gobierno por el Ayuntamiento de Sagunto: (1997-1999) PP-UPV-CIPS, 1999 -2003 (PP –BLOC –trásfugas de UV), 2003 -2006 (PSOE –EU –BLOC), 2006 -2007 (PSOE –BLOC), 2007 -2008 (PP), 2008 -2009 (PP –SP) y desde 2009 PP Gobernando en solitario. Es decir, han existido gobiernos en los que estaban representados todos los partidos que hoy componen este pleno.

Vista aérea de la plaza Ángel Perales

Sin embargo, el problema de la Plaza Ángel Perales, se ha prolongado desde aquel lejano 1995 hasta nuestros días. En mayo del año 99, Iniciativa Porteña avisaba en uno de sus boletines:

“los propietarios de dichos terrenos han intentado llegar a un acuerdo con la entidad Municipal para que les pagaran o les permutaran  ese suelo por otros terrenos municipales equivalentes. Estas negociaciones siempre han fracasado, aduciendo el Ayuntamiento que los informes de los técnicos municipales no coinciden con las pretensiones de los propietarios, por lo que ni se paga, ni se permuta nada; en consecuencia, el Ayuntamiento sigue cometiendo una falta grave de usurpación de un bien privado.

Hay que hacer una llamada de atención a los ciudadanos puesto que como muestra baste señalar el último pleito perdido por el Ayuntamiento con unos vecinos de la Calle Pintor Pinazo, que pedían 3.600.000 pesetas, mientras que el Ayuntamiento valoraba ese suelo en 1.800.000 pesetas. Al final  el TSJCV y el Tribunal Supremo han dado la razón a los propietarios pagando el ayuntamiento 31 millones de pesetas.

Y esta situación se puede repetir en la Plaza Ángel Perales…”

Trece años han pasado desde aquel boletín editado por Segregación Porteña que advertía de lo que podía ocurrir. El 31 de diciembre del 2011,  el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, condenó al Ayuntamiento al pago de 5,2 millones de EUROS. Pero esto no se acabó ahí, ya que los propietarios recurrieron en febrero de este año ante el Tribunal Supremo, reclamando 12 millones de euros.

Desde que conocimos la noticia, desde algunos partidos se están pidiendo responsabilidades, argumentando que el Ayuntamiento se retiró del procedimiento el  17/12/2008, como si la base del problema radicara en esa cuestión, obviando todos los pasos desarrollados por las diferentes fuerzas políticas hasta esa fecha. Ha sido tal la dilatación del procedimiento que los representantes de todas las fuerzas políticas representadas en el Ayuntamiento, han sido partícipes en diferentes decisiones tomadas a lo largo de los diferentes recursos y contenciosos. Una sola de esas decisiones importantes que hubiera ido en el camino de acabar con el procedimiento abierto, hubiera evitado el desenlace actual en el que los 5,2 millones de euros, pueden convertirse en una losa de 12 millones de euros.

Por ello, desde SP queremos que se estudie con mayor detenimiento todo el proceso, desde sus inicios y que no se haga un uso demagógico del resultado que hasta ahora ha deparado el procedimiento jurídico administrativo. Algunos políticos de este Ayuntamiento, han lanzado acusaciones al aire hablando de imprudencias o corrupción, términos que a nuestro juicio son acusaciones muy graves, que por higiene y transparencia ante la ciudadanía, deben ser aclarados. Es necesario que todos nosotros analicemos con detenimiento cada una de las decisiones tomadas y evitemos con ello conclusiones de marcado contenido subjetivo y partidista.

El ROM, facilita la herramienta para este tipo de situaciones,  que no es otra que la creación de una comisión de investigación. Concretamente el artículo 159 del ROM, dice lo siguiente:

Artículo 159.- De las Comisiones de Investigación.

1. Por el Pleno del Ayuntamiento podrá crearse Comisiones para investigar la actuación de los órganos municipales, de cuyo resultado se dará cuenta al Pleno.

2. La composición y funcionamiento de dicha Comisión se determinará en el mismo acuerdo de su constitución, ajustándose el número de miembros a la misma proporción que el resto de las comisiones informativas.

3. El Alcalde deberá convocar sesión extraordinaria, dentro del plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a aquel en que la Comisión constituida al efecto, comunique haber finalizado su labor, y en todo caso dentro del plazo de tres meses desde la creación de la misma.

 La distribución de tiempos para el debate en el Pleno será: el ponente contará con 20 minutos, lo grupos políticos municipales de menor a mayor tendrán 15 minutos y por último el ponente de nuevo contará con 30 minutos.

4. De los acuerdos adoptados en las Comisiones de Investigación se levantará la correspondiente acta. A efectos de fe publica y funcionamiento se estará a lo dispuesto en el presente Reglamento Orgánico para las Comisiones Informativas. 

Por ello, desde Segregación Porteña, elevamos la siguiente propuesta al Pleno:

1º Que se constituya en el plazo máximo de 15 días, una comisión que investigue todo el proceso y las decisiones tomadas por los responsables técnicos y políticos de este Ayuntamiento, desde el momento en que se inició este procedimiento.

2º Que de acuerdo con el ROM, la composición de la comisión de investigación debe quedar  determinada en el mismo acuerdo de creación y mantener la proporción de las diferentes comisiones informativas. Por lo tanto, desde SP solicitamos que en este caso participen los portavoces de cada grupo político. Además el PP contará con dos concejales más en esta comisión y el PSOE un concejal además de su portavoz; en ambos casos serán designados por sus respectivas formaciones.

3º Que en dicha comisión participe también el presidente del Comité de trabajadores de este Ayuntamiento, además del Secretario General de la Corporación.

4º Que en su primera convocatoria se confeccione un calendario de reuniones y que se acuerde quienes serán los entrevistados por dicha comisión.

5º Que de acuerdo con el ROM, el Alcalde convocará un Pleno Extraordinario, dentro del Plazo máximo de cinco días, a contar desde el siguiente a aquel en que la comisión  constituida, comunique haber finalizado su labor, y en todo caso dentro del plazo de tres meses desde la creación de la misma. 

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2 comentarios

  1. Me parece una moción muy acertada. Ya está bien de aguantar a ciertos orangutanes de la prensa amarilla local, que tergiversan la historia con el único fin de dañar a SP.

  2. ¡¡ Que sí,que sí,!!que no hay que dejarse avasallar y que confundan a la gente de el Puerto.Que cada palo aguante su vela .No hay que dar tregua a los que intentan difamar y hundir a El Puerto ,tersgiversando los hechos y echándoles las culpas a quien no se lo merece.

    Un saludo,

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