Se va a aplicar con mayor rigor la ordenanza de convivencia, especialmente en lo referente al respeto de los propietarios de animales por la limpieza de la vía pública

Las sanciones, según su carácter leve o grave, oscilan entre los 50 y los 500€.

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Gabinete de Comunicación (11/09/09)

El concejal de la Policía Local, Manuel González, ha declarado que a partir de ahora se hará más hincapié en la ordenanza municipal de convivencia aprobada por el pleno municipal en enero de 2009, prestando especial atención a sus puntos referidos a la convivencia con animales.

“La ordenanza de convivencia está aprobada desde hace unos meses, se ha estado aplicando pero sigue habiendo problemas, especialmente con el tema de los animales domésticos, sobre todo con las deyecciones y los animales sueltos. Se han trazado directrices, ahora que disponemos de más personal ya que han finalizado las vacaciones, para que haya especial vigilancia en algunas zonas y se aplique la normativa con especial atención”, ha declarado el delegado. Además, González ha destacado que se han recibido múltiples quejas de los vecinos respecto a estos temas.

Se consideran animales de compañía aquellos que se crían y reproducen con la finalidad de convivir con las personas. Se incluyen en esta definición artrópodos, anfibios, peces, reptiles, aves y mamíferos, teniendo en cuenta que esta ordenanza se aplicará con especial atención a perros y gatos.

Esta normativa autoriza la tenencia de animales siempre que las circunstancias de alojamiento lo permitan y no se produzcan situaciones de peligro o incomodidad para terceras personas ni el propio animal.

Por su parte, los propietarios de canes están obligados a censarlos en el servicio municipal correspondiente, proveerse de la tarjeta sanitaria canina y la chapa de identificación numerada y, además, identificarlo en el Registro Informático Valenciano de Identificación Animal. Respecto a los propietarios de perros potencialmente peligrosos deberán obtener previamente una licencia administrativa para la que deberán, entre otras cosas, ser mayor de edad, obtener un certificado de aptitud psicológica y formalizar un seguro de responsabilidad civil. Asimismo, entre otras, deberán conducir a los animales por la vía pública provistos de bozal y sujetos de correa corta no extensible.

Según esta ordenanza, en la vía pública los animales deberán ir acompañados en todo momento por sus propietarios o responsables, que deberán adoptar las medidas necesarias para que no puedan ocasionar molestias o daños a personas o bienes. Los perros no podrán acceder a zonas ajardinadas, parques y zonas de juegos infantiles, así como a locales de espectáculos deportivos y culturales, áreas recreativas, de esparcimiento para las personas y piscinas públicas. Además, en la vía pública los perros deberán ir provistos de correa o cadena con la identificación censal del propietario y la del animal. Además, han de ir con bozal los perros cuya peligrosidad haya sido constatada por su naturaleza, características o los especificados en la normativa de potencialmente peligrosos.

Las personas que conduzcan los animales deberán impedir que depositen sus deyecciones en los espacios destinados al tránsito de las personas o juegos infantiles. Así mismo, los propietarios o responsables están obligados a recoger de forma inmediata los excrementos sólidos depositados en la vía pública. También cabe destacar que queda prohibido maltratar o abandonar a los animales, así como mantenerlos en instalaciones indebidas desde el punto de vista sanitario o no suministrarles la alimentación necesaria.

La Policía Local será la encargada de velar por el cumplimiento de esta normativa, así como de denunciar las conductas contrarias a ella. Los agentes de la policía prestarán especial vigilancia en zonas especialmente sensibles a estos problemas como por ejemplo la calle Cánovas del Castillo, la playa o el Triángulo Umbral.

Todas las conductas contrarias a esta ordenanza podrán ser sancionadas dependiendo del tipo de infracción de que se trate. Las infracciones leves (citadas en los apartados anteriores) podrán ser sancionadas con un mínimo de 50 hasta un máximo de 249€, mientras las graves oscilarán entre los 250 y los 499€, teniendo en cuenta para determinar la cuantía de la sanción, entre otros criterios, la intencionalidad y la reiteración de la infracción.

Entre otras, se contemplan como sanciones de carácter muy grave: el abandono de animales potencialmente peligrosos; tenencia de perros potencialmente peligrosos sin la correspondiente licencia; vender o transmitir un animal de estas características a quien carezca de licencia; y adiestrar animales potenciando su agresividad o con el fin de destinarlo a finalidades prohibidas.

Se consideran infracciones administrativas de carácter grave, entre otras: dejar suelto un animal potencialmente peligroso o no haber adoptado las medidas necesarias para evitar su escapada o extravío; incumplir la obligación de identificar el animal; omitir la inscripción en el Registro; en vías públicas, no llevar al animal potencialmente peligroso con el correspondiente bozal o sujeto con la cadena; o la negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes, así como el suministro de información inexacta o documentación falsa.

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3 comentarios

  1. Acertado lo de multar al que no recoja la caca de su perro,pero no vayamos a demonizar a los perros con lo de la agresividad que para uno que hay agresivo ,la mayoría son perritos falderos de compañía.Hay personas que no les gustan los animales ,y cargan sobre este asunto,no ven las cualidades de los perros guía ,o los perros,que sacan de los terremotos personas vivas.o, los que controlan la droga que entra por las fronteras.
    Tenemos mucho que aprender aún de los europeos,tanto de los propietarios de los perros,como de las autoridades, legislando leyes que no infundan en la población el odio y persecución a los animales sobre todo a los perros,porque de los gatos nadie dice nada,y son el doble de peligrosos los arañazos de un gato, que el mordisco de un perro,por ejemplo.
    Todo es cuestión de civismo ,en Francia sin ir mas lejos ,en la mayoría de los hoteles se aceptan los perros con sus dueños,en la misma habitación del hotel.
    ¿Cuando va a salir una ordenanza que meta en el calabozo por lo menos dos o tres días ,al que escupa en las aceras ,que eso si que es peligroso…sobre todo para los niños pequeños que juegan al ras del suelo ,(sobre todo ahora que está lo de la gripe A),y al que está fumando en el balcón y tira la ceniza y colilla al vacío sin mirar si hay alguien por al acera?,o las alfombras mágicas que salen por las ventanas, en los brazos de sus hacendosas propietarias,y son espolvoreadas de sus ácaros,pelusas,y migas varias…yendo a parar a las cabezas de los que pasan por debajo sin que nadie lo remedie?.Así un montón de comportamientos incívicos que había que poner solución de alguna manera.No creo que el correctivo para estos actos sean las multas,habría que darles clases de civismo por un tiempo.

  2. Si, si todo eso está muy bien, pero los perros no dejan de ser animales y como tal se comportan, con el consentimiento, claro está de sus maleducados amos. En nuestra tierra y en especial en nuestro pueblo los perros están de moda y un elevado porcentaje de propietarios caninos no comprende la responsabilidad que supone tener un animal doméstico y las reglas mínimas de convivencia que ello supone. No olvidemos que los perros por su naturaleza defecan y orinan (ambas fuentes infecciosas de primer orden)donde el instinto les lleva, salvo que el dueño corrija estas tendencias. Y normalmente no lo hace, porque para él es más cómodo que la porquería la deje en la calle y a ser posible al vecino, antes que en su propia casa. Quizás sea algo cultural y de educación, pero suelen coincidir los pueblos más limpios y cuidados con los que menos perros hay.

  3. ¡Que si, que sí ,Acero que tienes razón ,que somos los humanos los que no sabemos tener animales como es debido,pero que hay muchísimas cosas del mismo humano que dejan mucho que desear,como es escupir en la calle,en las aceras ,tirar las colillas por los balcones ,apagarlas en la arena de la playa ,arrugar los paquetes de tabaco cuando se termina éste,y tirarlo al suelo,vaciar los ceniceros del coche,en el momento que el coche está parado en un semáforo o donde les pilla,mear también en la calle como los perros,tirar escombros o basura donde no corresponde,en fin…y un montán de cosas mucho más peligrosas(sanitariamente) para nosotros mismos,que la que te pueda ocasionar un perro que está vacunado.En los miles de escupitajos que tienes en las calles ,tienes toda la variedad de enfermedades infecciosas que quieras ,desde tuberculosis ,hepatitis ,gripes,la A también,todos los virus que se puedan contagiar por vía oral,un montón.
    Que se tiene que sancionar,todo lo que sea incívico,para que aprendamos a estar con las personas y con los animales,claro está.
    Un saludo.

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